Procedimiento de licencia de terrazas de veladores
Nombre trámite: Licencia (Modelo 62)
Unidad Responsable: Ordenación de la Via Pública
Tipo tramitación: Presencial
Silencio: Negativo
Resumen del Procedimiento
Primera solicitud de Terraza de veladores o modificación de la autorización existente, en suelo de titularidad pública.
Casos
Primera solicitud de terraza de veladores en suelo de titularidad pública
Pasos
Paso | Descripción | ¿Donde? | ¿Qué hace usted? | ¿Qué hacen por usted? |
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1 | Presentación de la solicitud y aportación de la documentación necesaria | En Registro General | Presentación solicitud | Se crea expediente administrativo. Se comprueba si la documentación presentada es correcta, completa y coherente. Si falta documentación se requiere al titular para su presentación en el plazo de diez días. Cuando la documentación es completa se comprueba si el establecimiento está al corriente del pago de las obligaciones económicas con el Ayuntamiento (basuras, tasas, multas disciplinarias). Si no hay deudas se analiza la petición conforme a la Ordenanza de Terrazas de Veladores y se dicta Resolución que puede ser favorable a la instalación de la terraza o desfavorable. Se notifica al solicitante la Resolución. Si es favorable, se le hace entrega del plano de autorización de la Terraza para que sea colocado en el local a la vista del público. Deberá abonar la tasa correspondiente por la ocupación de la vía pública con mesas y veladores en función de su número y de la categoría asignada a la calle donde se ubique la terraza. |
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Documentación a presentar
Documentación a presentar
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Datos relativos al alta en la tasa de basuras del establecimiento (Apellidos y Nombre/Razón Social, DNI/NIF)
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Fotocopia de la Licencia o Declaración Responsable de actividad a nombre del solicitante. Se deberá acreditar el aforo del establecimiento. En caso de que en la cartulina de la licencia de actividad no figure el aforo, deberá presentar un certificado de aforo suscrito por un técnico.
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Plano de situación a escala.
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Relación de elementos de mobiliario que se pretende instalar, con indicación expresa de su número, modelo y dimensiones.
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Plano de detalle a escala suficiente que refleje:
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La acera con delimitación de su ancho y los elementos de mobiliario urbano sobre ella.
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La superficie a ocupar por la instalación de los módulos de mobiliario correspondiente, indicando el nº de elementos, clase y dimensiones.
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Fotografías de la fachada del local para el que se solicita, de los locales colindantes y del modelo de los elementos que se pretenda colocar.
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En caso de heladería, confitería o similar, copia del proyecto que recoja la existencia de aseos con su distribución.
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Copia de la póliza de seguro con extensión de cobertura para cubrir los riesgos de la instalación de terraza de veladores y de sus elementos. Si la instalación cuenta con elementos calefactores, deben venir expresamente recogidos en la póliza de seguros.
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En caso de transmisión de licencia o declaración responsable de apertura, deberá aportar copia de la misma.
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Permiso del titular del local colindante en caso de que la instalación solicitada se exceda de la fachada del establecimiento.
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Si se pretenden instalar elementos de sombra, toldos, se deberá aportar documentación suscrita por técnico competente, en la que se deben garantizar la estabilidad y el cumplimiento de la normativa de aplicación respecto de la resistencia al fuego de la lona. Debiéndose justificar asimismo el cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza para este tipo de instalaciones.
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Ampliación/ modificación de terraza de veladores en suelo de titularidad pública, con autorización ya concedida.
Pasos
Paso | Descripción | ¿Donde? | ¿Qué hace usted? | ¿Qué hacen por usted? |
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1 | Presentación de la solicitud y aportación de la documentación necesaria | En Registro General | Presentación solicitud | Se incorpora la documentación al expediente administrativo para su tramitación. - Se comprueba si la documentación presentada es correcta, completa y coherente. Si falta documentación se requiere al titular para su presentación en el plazo de diez días. Cuando la documentación es completa se comprueba si el establecimiento está al corriente del pago de las obligaciones económicas con el Ayuntamiento (basuras, tasas, multas disciplinarias). Si no hay deudas se analiza la petición conforme a la Ordenanza de Terrazas de Veladores y se dicta Resolución que puede ser favorable a la instalación de la terraza o desfavorable. Se notifica al solicitante la Resolución. Si es favorable, se le hace entrega del plano de autorización de la Terraza para que sea colocado en el local a la vista del público. Deberá abonar la tasa correspondiente por la ocupación de la Vía pública con mesas y veladores en función de su número y de la categoría asignada a la calle donde se ubique la terraza. |
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Documentación a presentar
Documentación a presentar
- Modelo 62, debidamente cumplimentado.
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Fotocopia de la Licencia o Declaración Responsable de actividad a nombre del solicitante. Se deberá acreditar el aforo del establecimiento. En caso de que en la cartulina de la licencia de actividad no figure el aforo, deberá presentar un certificado de aforo suscrito por un técnico.
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Plano de situación a escala.
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Relación de elementos de mobiliario que se pretende instalar, con indicación expresa de su número, modelo y dimensiones.
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Plano de detalle a escala suficiente que refleje:
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La acera con delimitación de su ancho y los elementos de mobiliario urbano sobre ella.
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La superficie a ocupar por la instalación de los módulos de mobiliario correspondiente, indicando el nº de elementos, clase y dimensiones.
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Fotografías de la fachada del local para el que se solicita, de los locales colindantes y del modelo de los elementos que se pretenda colocar.
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Copia de la póliza de seguro con extensión de cobertura para cubrir los riesgos de la instalación de terraza de veladores y de sus elementos. Si la instalación cuenta con elementos calefactores, deben venir expresamente recogidos en la póliza de seguros.
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En caso de transmisión de licencia o declaración responsable de apertura, deberá aportar copia de la misma.
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Permiso del titular del local colindante en caso de que la instalación solicitada se exceda de la fachada del establecimiento.
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Si se pretenden instalar elementos de sombra, toldos, se deberá aportar documentación suscrita por técnico competente, en la que se deben garantizar la estabilidad y el cumplimiento de la normativa de aplicación respecto de la resistencia al fuego de la lona. Debiéndose justificar asimismo el cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza para este tipo de instalaciones.
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Ámbito de aplicación de las obras
Ámbito de aplicación de las obras
Ampliación/Modificación de licencias para Terrazas de Veladores situadas en suelo de titularidad pública, que ya cuentan con autorización.
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