Instalación de veladores en suelo privado
La autorización se tramita mediante la presentación de una Declaración Responsable.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
- Impreso de solicitud Modelo 60
- Acreditación de la personalidad del interesado y de tratarse de un representante de una entidad jurídica, documento en el que conste la representación.
- Copia de la Licencia o Declaración Responsable de actividad a nombre del solicitante. En caso de transmisión de licencia o declaración responsable de apertura, deberá aportar documentación acreditativa del cambio de titularidad.
- Plano de situación a escala al menos 1:200, con indicación de todos los elementos del mobiliario urbanos, así como la dimensión y acotación total de la superficie a ocupar, definiendo su perímetro, recogiendo las condiciones técnicas para su instalación, acotación y medidas del frente de la fachada del establecimiento y de los colindantes si fuera preciso, medidas del ancho de la acera y de todos los elementos que existiera sobre ella, salidas de emergencia en su ancho, las paradas de transporte público, pasos de peatones, garajes y otros pasos de vehículos, arbolado, zonas ajardinadas, mobiliario urbano municipal existente, registros y arquetas de los servicios municipales y compañías de servicios
- Relación de elementos de mobiliario urbanos que se pretende instalar, con indicación expresa de su número, modelo y dimensiones, aportándose fotografía, catálogo, etc. de los mismos.
- En caso de heladería, freiduría, confitería o similar, copia del proyecto de obras que recoja la existencia de aseos con su distribución
- Copia de la póliza de seguro con extensión de cobertura para cubrir los riesgos de la instalación, asi como recibo o documento que acredite su vigencia.
- Justificante del abono de la tasa correspondiente.
TASAS
La tasa es de 50 €. Puede abonarla directamente en pagos telemáticos
PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
La documentación completa se presenta en la Plataforma para presentar documentación. Es necesario contar con certificado digital. No obstante, si el interesado no dispone de dicho certificado, cualquier persona física que cuente con certificado puede presentarle la documentación. En este caso dicha persona actúa meramente como presentador.




