Ocupación sin obras
Nombre trámite: Ocupación sin obras
Unidad Responsable: Licencias e Inspección Urbanística
Tipo tramitación: Ambas
Silencio: No ha lugar
Resumen del Procedimiento
- Abono de tasas, presentación de la Documentación en el Registro Auxiliar de Licencias o en el Registro General.
- Durante la tramitación del procedimiento se podrá presentar documentación por correo electrónico, dirigida al expediente en trámite, debiéndose aportar junto con la documentación Modelo General del Instancia a la dirección de correo: registroauxiliardelicencias@urbanismo-sevilla.org
Casos
Inmuebles que ya disponen de Licencia de Ocupación (Generalmente las finalizadas con posterioridad al año 1988)
Pasos
Paso | Descripción | ¿Donde? | ¿Qué hace usted? | ¿Qué hacen por usted? |
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1 | Presentación de la documentación | En el Registro General | Aportar la documentación necesaria completa | Les facilitará una copia de la Licencia de Ocupación del inmueble. La tasa correspondiente a la copia compulsada se abonará en el momento de la recogida de la copia. |
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Documentación a presentar
Documentación a presentar
El formato de presentación será en soporte digital (CD, DVD, USB), y una copia a papel del impreso de solicitud, que será devuelto al interesado con el sello de registro de entrada, una vez presentada la documentación necesaria
Pueden solicitar una copia compulsada de la Licencia de Ocupación del inmueble en el registro general de la Gerencia de Urbanismo. La documentación a presentar será:
- Impreso de solicitud: 1 original y 1 copia a papel (instancia general) debidamente cumplimentada. Se aconseja aportar núm. de teléfono para ser avisados, así como cuantos datos puedan facilitar la búsqueda del expediente: año de la construcción, promotor, etc.
- Fotocopia DNI, NIE o CIF del interesado.
- Acreditación de la representación si se trata de persona jurídica.
- Documento que demuestre el interés legítimo para solicitar la copia de la licencia de ocupación.
NOTA: La tasa correspondiente a la copia y compulsa se abonará en el momento de la recogida.
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Ámbito de aplicación de las obras
Ámbito de aplicación de las obras
Inmuebles que ya disponen de Licencia de Ocupación (Generalmente las finalizadas con posterioridad al año 1988)
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Inmuebles que no disponen de Licencia de Ocupación (Generalmente las finalizadas con anterioridad al año 1988)y que no requieren realización de obras.
Pasos
Paso | Descripción | ¿Donde? | ¿Qué hace usted? | ¿Qué hacen por usted? |
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1 | Abono de timbre o tasa que corresponda. | Previa conformación de la carta de pago en las dependencias de la Gerencia. En entidades financieras colaboradoras (BBVA o CAIXABANK) o por vía telemática | Abono de timbre o tasa que corresponda | |
2 | Presentación de la documentación | En Plataforma para presentar documentación o Registro General. | Aportar la documentación necesaria completa | Si presenta la documentación en Plataforma para presentar documentación, verificarán si es completa. Se procederá a la creación del expediente. |
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Documentación a presentar
Documentación a presentar
El formato de presentación será en soporte digital (CD, DVD, USB), y una copia a papel del impreso de solicitud, que será devuelto al interesado con el sello de registro de entrada, una vez presentada la documentación necesaria
Documentación administrativa:
- Impreso de solicitud: 1 original y 1 copia a papel (Instancia general). Se aconseja aportar núm. de teléfono y dirección de correo electrónico a los efectos de notificaciones, así como la referencia catastral completa del inmueble objeto de la solicitud.
- Fotocopia DNI, NIE o CIF del interesado.
- Acreditación de la representación si se trata de persona jurídica.
- Documentación acreditativa de la identificación registral y catastral del inmueble.
- En caso de no coincidir el titular registral con el interesado, se deberá aportar el consentimiento del titular.
- Documento justificativo del abono de la tasa correspondiente (50€).
- Impreso de declaración responsable del técnico u otro documento emitido por el colegio oficial, en el caso de que la documentación técnica no esté visada (Modelo 14).
- Si la realidad física no coincide con la registral y/o catastral, documentación suficiente en la que se determine la antigüedad de las obras ejecutadas.
Documentación técnica:
- Plano de situación en el que se identifique la parcela objeto de la solicitud indicando la referencia catastral. Preferentemente, dicho plano debe obtenerse a través de la aplicación Infraestructuras de Datos Espaciales.
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Certificado, descriptivo y gráfico, suscrito por técnico competente, en el que conste la terminación de la obra en fecha determinada, la descripción del estado de conservación del edificio y las instalaciones con que cuenta y acredite, en atención de las circunstancias anteriores, la aptitud del mismo para destinarse al uso previsto; así como la identificación catastral y registral del inmueble, y las condiciones urbanísticas vigentes. Igualmente deberá acreditarse que las instalaciones funcionan correctamente y cumplen con las especificaciones y requisitos exigidos por su normativa reguladora.
- Se justificará el cumplimiento de las condiciones urbanísticas vigentes conforme al planeamiento de aplicación, y en particular respecto de las condiciones del uso residencial, en su caso. Con relación al cumplimiento de las condiciones higienicas de ventilación e iluminación, se definirán las superficies de iluminación y ventilación de los huecos de las piezas habitables y su relación en porcentaje respecto de la superficie útil de la pieza a la que ventila o ilumina.
- Se aportará plano de distribución a escala y descripción de las superficies útiles y el uso de cada una de las estancias que componen el inmueble (vivienda o local), debiendo quedar reflejados los patios a los que ventilan las estancias, y acotadas las dimensiones de los mismos.
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Anexo resumen al Certificado descriptivo y gráfico anteriormente descrito (Documento 10).
NOTA: La documentación completa se presenta en el Registro Auxiliar de la OAC (previa obtención de turno). En Registro Auxiliar de Licencias verifican si se acompañan todos los documentos que han de presentarse, en cuyo caso se procederá a su registro, facilitándole el número de expediente en el que se va a tramitar su solicitud. En caso contrario, se le indicarán los documentos que faltan para que se proceda a su subsanación.
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Ámbito de aplicación de las obras
Ámbito de aplicación de las obras
Inmuebles existentes que no disponen de Licencia de Ocupación y que no requieren la ejecución de obras (Generalmente las finalizadas con anterioridad al año 1988).
Deben solicitar licencia de ocupación en base a lo establecido en el artículo 13.1.d del vigente Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía. Para ello han de aportar la documentación en el Registro General/Registro Auxiliar de Licencias de la Gerencia de Urbanismo, o en cualquiera de las formas previstas en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
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