MODIFICACIÓN ORDENANZAS FISCALES: ENTRADA EN VIGOR 01/01/2026
NOTA INFORMATIVA
Con fecha 29/12/2025 ha sido publicado en el BOP nº 249 los textos definitivos de dos de las Ordenanzas Fiscales de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente (GUMA) que han sufrido modificación, con entrada en vigor el 1/1/2026:
- Ordenanza Fiscal por prestación de Servicios Urbanísticos al amparo de la Ley del Suelo que pasa a llamarse “Ordenanza Fiscal por prestación de Servicios Urbanísticos al amparo de la legislación sobre el Suelo y derivados del cumplimiento de la normativa Ambiental para el año 2026”. Puede consultarse la misma en el siguiente enlace: https://www.sevilla.org/servicios/agencia-tributaria-de-sevilla/ordenanzas-fiscales/ordenanzas_2026/2-6-servicios_urbanxsticos.pdf
- Ordenanza Fiscal reguladora de tasa por los Documentos que expida o tramite la Gerencia a instancia de parte que pasa a llamarse “Ordenanza Fiscal por los Documentos que expida la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla a instancia de parte”. Puede consultarse la misma en el siguiente enlace: https://www.sevilla.org/servicios/agencia-tributaria-de-sevilla/ordenanzas-fiscales/ordenanzas_2026/2-2-ordenanza_documentos_urbanismo.pdf
RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES Y ENLACE A LOS TEXTOS COMPLETOS DE LAS ORDENANZAS
La Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación de servicios urbanísticos al amparo de la legislación sobre el suelo y normativa ambiental, cuyos tipos impositivos, en líneas generales, no experimentan, un ejercicio más, variación alguna, incorpora las nuevas tarifas por los servicios de carácter ambiental asumidos hace unos años por la GUMA y que hasta ahora no tenían asignados una tasa, los cuáles conllevan el movimiento de numerosos recursos municipales, como son las licencias ocasionales y licencias o declaraciones responsables de inicio de actividad, actualiza referencias legales, principalmente ante la entrada en vigor de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.
Se incorporan como novedad a la presente Ordenanza, con la finalidad de refundir en dicho texto todas las circunstancias que afectan a la determinación de las cuotas tributarias, los beneficios fiscales reconocidos en la derogada Ordenanza de Solidaridad relativos a la reducción en la tasa por la prestación de servicios urbanísticos para familias numerosas y familias monoparentales/monomarentales, tarifa especial para aparcabicis y obras que favorezcan las condiciones de acceso a cualquier tipo de edificio preexistente, así como la reducción en la tasa vinculada a la constitución como autónomos de desempleados.
Se suprime de la Ordenanza Fiscal por Documentos, la cuota fija de 39,50 euros por las conocidas coloquialmente como “permiso de obra menor” (declaraciones responsables para ejecución de obras sin intervención de técnico con presupuestos inferiores a 18.000 euros), pasando a estar recogidas dichas autorizaciones en la Ordenanza Fiscal por Prestación de Servicios Urbanísticos al Amparo de la Ley del Suelo tributando al 1,85% del Presupuesto de Ejecución Material con un mínimo de 39,50 euros.
Finalmente se incorpora en esta ordenanza el beneficio fiscal de la reducción del 20% para familias necesitadas o en riesgo de exclusión social, así como se procede a una actualización de terminología a nivel técnico para su adecuación al marco normativo actual.




