Urbanismo modificará el PGOU para anular el artículo que permite desarrollar una mayor edificabilidad a las construcciones destinadas a equipamientos y servicios públicos en parcelas residenciales pero que admiten esos usos como compatibles
* Se pretende así frenar la distorsión de la imagen que se está produciendo en algunas zonas de la ciudad de baja densidad edificatoria como la Avenida de la Palmera, donde es de aplicación este precepto del planeamiento
Montaje fotográfico que recrea la nueva residencia universitaria en construcción en el número 17 de la Avda. de la Palmera
09/06/2021
El Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente celebrado hoy ha dado luz verde a la propuesta de promover una modificación del PGOU para cambiar las condiciones de edificabilidad que éste permite para el desarrollo de edificaciones que se destinen a uso de equipamientos y servicios públicos en parcelas que no tienen esa calificación pero que admiten dichos usos como compatibles por las condiciones particulares de zona.
El objetivo de esta medida es poner freno a la distorsión de la imagen de la ciudad que se está produciendo en algunas zonas residenciales –especialmente en aquéllas de baja densidad edificatoria como la Avenida de la Palmera-, como consecuencia de la aplicación de este precepto del PGOU, cuando el edificio que se construye se destina a usos dotacionales, como por ejemplo residencias universitarias o clínicas sanitarias.
Este incentivo para estos casos particulares, introducido en su día como novedad por el PGOU de 2006, actualmente vigente, para favorecer la construcción de estos equipamientos, está produciendo no obstante importantes diferencias y desproporción entre las condiciones de ocupación, posición, forma, volumen y edificabilidad correspondientes al uso principal de la zona y las del uso permitido de equipamientos y servicios públicos, resultando edificios ajenos a los tipos edificatorios del entorno, tanto por su mayor edificabilidad como por su configuración arquitectónica.
A tenor de ello, se considera conveniente en este momento revisar esta circunstancia ventajosa para este tipo de edificaciones en suelos residenciales, de modo que se anule la mayor edificabilidad que concede el PGOU actual.
Así pues, la modificación del PGOU que se plantea, eliminará este incentivo de edificabilidad para el desarrollo de equipamientos privados como uso compatible, de forma que los promotores, que quieran desarrollar en estas parcelas el uso compatible de equipamiento privado para residencia de estudiantes, o para clínica privada por ejemplo, deberán ajustarse a las mismas condiciones de edificabilidad, posición y forma que si desarrollarán los usos residenciales o terciarios, respetando por tanto en su caso las condiciones de baja densidad edificatoria para estos ambientes urbanos singulares, como el entorno de la Avenida de la Palmera o la zona residencial en vivienda unifamiliar aislada de Nervión.
Paralelamente, en tanto se tramita esta modificación del PGOU, se acuerda suspender cautelarmente por el plazo de un año en todo el término municipal, toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para la implantación de equipamientos y servicios públicos en parcelas que permitan este uso como compatible que pretendan utilizar el precepto del PGOU en proceso de anulación.