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Urbanismo elabora una nueva ordenanza de publicidad para adaptarla a la nuevas tendencias publicitarias e incrementar la protección de los enclaves patrimoniales respecto de estos elementos

* El nuevo documento nace con tres objetivos, resolver el vacío normativo que existe en la actual norma respecto de las nuevas modalidades de publicidad surgidas en los últimos años, reforzar la protección de los principales ejes monumentales de los efectos de estos elementos y, permitir que determinados sectores económicos puedan exhibir elementos publicitarios como nueva fuente de ingresos
Monoposte digital instalado en un solar de la periferia de Sevilla

Monoposte digital instalado en un solar de la periferia de Sevilla

09/02/2021

La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente ha elaborado un texto de modificación de la actual ordenanza municipal de publicidad con el que trata de responder y adaptarse a las nuevas necesidades surgidas en los últimos años en esta materia. El documento, que deberá aprobarse por el Consejo de Gobierno de este organismo, se presentará a continuación al Pleno municipal de este mes de febrero para que pueda ser aprobado de manera inicial. 

Esta necesaria adaptación de la normativa deriva fundamentalmente de la aparición de nuevas modalidades publicitarias, que tienen que ver sobre todo con la publicidad digital y sus variantes, y que carecen de regulación en el actual marco normativo, así como de la conveniencia de reforzar la protección de las zonas monumentales ante la presencia de elementos publicitarios. 

A ello se suma la demanda planteada por algunos sectores económicos, como comerciantes y quiosqueros, en orden a poder explotar la publicidad como posibles nuevas vías de negocio, en concreto mediante la exhibición de  nuevos formatos digitales de publicidad en sus establecimientos. 

Estos factores han determinado que desde la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente se haya abordado la redacción de un nuevo texto en sustitución del anterior, que fue aprobado en 2007.  El nuevo documento nace por tanto con la vocación de resolver, por un lado, el vacío normativo que existe en la actual norma respecto de las nuevas modalidades de diseño, tecnología y materiales que han surgido en el mundo de la publicidad como resultado de su evolución; asegurar la protección de los principales ejes monumentales, así como de los propios monumentos, del efecto visual que provoca la publicidad sobre ellos; y responder a la demanda de ciertos sectores de actividad permitiendo que puedan usar elementos publicitarios que les permitan obtener nuevos ingresos, colaborando de esta forma en su reactivación económica. 

Regular las nuevas modalidades publicitarias 

Con respecto al primero de los objetivos, la nueva ordenanza  introduce como aspecto más novedoso la publicidad digital, junto con sus variantes y soportes (pantallas fijas, móviles y proyecciones). Por primera vez, se regula el empleo de estos nuevos elementos y sus condiciones de utilización, con especial atención a la potencia lumínica admisible y a su restricción en determinadas zonas de la ciudad. 

Mayor protección de enclaves monumentales 

Estas restricciones afectan en esencia a los enclaves monumentales del Conjunto Histórico y a los entornos de los elementos declarados Bien de Interés Cultural. La ordenanza confiere una especial atención a estos espacios, en los que refuerza especialmente su protección frente a la incidencia de elementos publicitarios. En este sentido, la nueva norma señala expresamente dos zonas específicas del conjunto histórico de especial protección, el eje integrado por las calles San Fernando, Puerta de Jerez y Avenida de la Constitución y, la zona del barrio de Santa Cruz, Plaza del Salvador y calle Hernando Colón. Para ambos espacios, el Ayuntamiento ya aprobó y aplicó unas directrices respecto de la publicidad permisible en los propios establecimientos. Dichos criterios se asumen completamente por la nueva norma, que recoge además expresamente que, tanto en uno como en otro eje patrimonial, queda prohibida cualquier forma de publicidad externa a la del propio establecimiento. La ordenanza abre la puerta también a la posibilidad de extender estas limitaciones a otros sectores que puedan ser identificados en adelante. 

Por otro lado, el nuevo texto prohíbe cualquier modo de publicidad que interfiera directamente sobre la visión de los Bienes de Interés Cultural o que se ubique en sus entornos o zonas de influencia. En estos espacios se restringen las posibilidades de instalar carteleras, monopostes, banderolas, pinturas, vinilos, rótulos y objetos publicitarios. 

Finalmente, también se regulan los criterios para la instalación de placas conmemorativas en el centro histórico, especificando dimensiones, materiales y lugares de ubicación. La nueva ordenanza de publicidad establece que la colocación de estos elementos en el conjunto histórico deberá estar autorizada por la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico, así como cualquier elemento publicitario en este ámbito geográfico deberá obtener licencia de la Gerencia de Urbanismo antes de ser instalado. 

Uso de publicidad en los quioscos y escaparates de comercios 

Atendiendo a la solicitud planteada desde el sector de los comerciantes y de los quiosqueros, el Ayuntamiento de Sevilla ha introducido en la nueva ordenanza la posibilidad de que estos establecimientos puedan exhibir publicidad ajena a la de su propio negocio. Como ejemplo de ello, se permite que los quioscos de prensa puedan mostrar publicidad digital en dos de sus caras. Estas medidas, no obstante, no serán de aplicación para los establecimientos que se ubiquen en algunos de los dos ejes patrimoniales que recoge la ordenanza como de especial de protección. 

Esta modificación de la ordenanza pretende asimismo una simplificación administrativa, agilizando procedimientos y consolidando, con carácter general, las figuras dela Declaración Responsable y la Comunicación Previa, como medios de intervención reguladores de la actividad económica. De este modo, para la instalación de cualquier elemento o soporte publicitario fuera del conjunto histórico bastará con la presentación de una Declaración Responsable. Cuando por el contrario, el uso de la publicidad se haga dentro del conjunto histórico, deberá autorizarse mediante la expedición de la correspondiente licencia de la Gerencia de Urbanismo.  

Finalmente, la nueva norma introduce como novedad la consideración de unas zonas concretas de la periferia en las que se ha constatado mayor intensidad publicitaria y, por tanto de especial influencia en esta materia. Se trata de vías principales de penetración a la ciudad.

Los detalles del nuevo texto elaborado han sido dados a conocer por el delegado de Hábitat Urbano y el gerente de Urbanismo,Antonio Muñozy Rafael Márquez, respectivamente, a los representantes de los sectores empresariales directamente afectados por la normativa: Asociación de Empresarios de Publicidad; APROCOM y; asociaciones de quiosqueros de prensa.

Una vez que el Pleno municipal apruebe inicialmente el texto elaborado, se abrirá un periodo de información pública durante el que podrán presentarse alegaciones al documento.