Nuevas Normas Directoras de la documentación electrónica de los instrumentos de ordenación urbanística de Andalucía
* Aprobadas por la Junta de Andalucía, serán de estricto cumplimiento para todos los particulares que en adelante presenten para su tramitación documentos de planeamiento de manera electrónica
* Entrarán en vigor a partir del próximo 25 de abril
Imagen de un documento de planeamiento de desarrollo
La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía ha aprobado, por Orden de 18 de febrero de 2026, unas Normas Directoras de la documentación electrónica de los documentos de planeamiento.
Dichas Normas tienen por objeto unificar la estructura, codificación, nomenclatura y leyendas a utilizar en los instrumentos de ordenación territorial y urbanística, tal y como se recoge en la Ley 7/2001, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), que prevé la formulación de las mismas. Exactamente, la figura de las Normas Directoras se encuentra regulada en el artículo 81 de la LISTA y 112 del Reglamento General de la LISTA, donde se dispone expresamente que su aprobación se realizará por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
En cumplimiento de lo dispuesto en dichos preceptos, se han elaborado y tramitado tales Normas, que son de estricto cumplimiento para todos los particulares que en adelante presenten para su tramitación documentos de planeamiento de manera electrónica. Las mismas se han publicado en el BOJA Nº 37, de 24 de febrero de 2026 (BOJA26-037-00054-2386-01_00333610.pdf) y entrarán en vigor a los dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, esto es, a partir del 25 de abril de este año.