Tras las disposiciones adoptadas por el Ministerio de Sanidad relativas a la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la desescalada (Orden SND/399/2020 de 9 de mayo), y coincidiendo con el inicio en Sevilla a partir de mañana, día 11 de mayo, de dicha fase, los establecimientos hosteleros que contaran con licencia para terrazas de veladores antes de decretarse el estado de alarma, podrán volver a instalar éstas desde ese momento.
Esta apertura de las terrazas a partir de mañana se autoriza sin necesidad de tramitar ninguna licencia ni de comunicarlo previamente al Ayuntamiento de Sevilla, si bien, se deberá realizar bajo el cumplimiento de unas condiciones específicas, a modo de régimen provisional para el funcionamiento de esta actividad.
De esta forma, como norma general los establecimientos podrán instalar el 50 por ciento de los veladores autorizados por la licencia en vigor y dentro del espacio que tienen en estos momentos asignados para su terraza.
Asimismo, deberá establecerse una distancia mínima de dos metros entre cada velador. Además de ello, éstos habrán respetar en cada momento la senda peatonal establecida y, en ningún caso la instalación de veladores podrá invadir la salida de portales, locales o, salidas de emergencia.
Entre las condiciones introducidas se encuentra también la de mantener una separación de 1,5 metros a otros establecimientos hosteleros o servicios públicos, tales como quioscos, paradas de autobús o de taxis, salidas de emergencia, etc.
En cuanto a los horarios de funcionamiento de las terrazas de veladores, se mantendrán los vigentes con anterioridad al estado de alarma.
Licencia provisional de ampliación de las terrazas
Al margen de esta medida, e igualmente en cumplimiento de la citada orden ministerial SND/399/2020, el Ayuntamiento de Sevilla está preparando un Protocolo de carácter urgente para que los propietarios con licencia de terrazas de veladores en vigor, puedan solicitar un incremento provisional del espacio asignado para la terraza, con el objetivo de instalar en las condiciones estipuladas de seguridad sanitaria, el resto o parte del 50 por ciento de las mesas autorizadas en la licencia vigente.
Se tratará en todo caso de una ampliación de la superficie de carácter provisional, para cuya solicitud habrá que cumplir unas condiciones técnicas y administrativas que serán las que se determinen en el citado Protocolo. De esta forma, no todos los establecimientos podrán beneficiarse de esa posible ampliación provisional de la terraza, ya que dependerá de las condiciones del espacio colindante y de los elementos que existan en el mismo, tales como locales anexos, salida de portales, espacio público disponible e, itinerarios peatonales a respetar, entre otros.
En ningún caso, cuando se autorice esa ampliación la terraza resultante podrá superar el número de veladores autorizado previamente por la licencia vigente en número de mesas y sillas.
La Gerencia de Urbanismo está ultimando el procedimiento para tramitar este tipo de peticiones, así como el modelo de solicitud de la licencia de ampliación provisional. Tras la aprobación de dichos documentos por el Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo previsto para el próximo jueves 14 de mayo, comenzarán a tramitarse dichas solicitudes, que podrán presentarse, de manera telemática, ante el Servicio de Ordenación de la Vía Pública de la Gerencia de Urbanismo.
En los próximos días, la Gerencia de Urbanismo ofrecerá toda la información acerca del trámite telemático que se habilite para cursar estas peticiones a través de su sitio web www.urbanismosevilla.org