* Sevilla será la primera ciudad de Andalucía que limitará las viviendas con esta actividad tras la aprobación y publicación del Decreto de la Junta de Andalucía y su entrada en vigor el 5 de marzo
Un grupo de turistas caminan por una calle de Sevilla con su equipaje
A resultas del Decreto 31/2024, de 29 de enero, de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, por el cual la Junta de Andalucía concede potestad a los ayuntamientos para establecer limitaciones al número máximo de Viviendas de Uso Turístico (VUT), el Ayuntamiento de Sevilla, a través de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, ha elaborado una propuesta de limitación proporcionada de estos establecimientos turísticos en cada barrio de la ciudad.
Esta propuesta tiene como objetivo poner de manifiesto cómo existe una correlación entre la presencia de Viviendas de Uso Turístico en los distintos barrios y el deterioro de las condiciones de vida en algunos de ellos, a partir de superar determinados umbrales en el número de este tipo de viviendas, lo que lleva a la oportunidad de establecer límites a la cantidad de viviendas de esta categoría a implantar.
Este documento de tipo técnico se acompaña de un informe jurídico justificativo del establecimiento de estas limitaciones por razones imperiosas de interés general y la necesidad urgente de regular este fenómeno, a tenor de la afección que está teniendo en el modelo de ciudad. Sobre este aspecto (el impacto de las Viviendas de Uso Turístico) se ha elaborado también otro informe con conclusiones determinantes, como que las VUT suponen más del 50% de las plazas de alojamiento turístico ofertadas y se concentran en 14 barrios; entre los años 2016 y 2024, las VUT se han incrementado sobre todo en aquellos barrios que presentan mayor presión turística residencial; las VUT tienen una rentabilidad económica sensiblemente superior que el alquiler convencional; los barrios con mayor presión turística residencial pierden mayor número de personas y crecen en menor número de hogares o; los precios del alquiler son más altos en los barrios que soportan una mayor presencia de VUT, entre otras.
A partir de estas conclusiones y de los indicadores empleados para este estudio, se ha desarrollado la propuesta de limitación de Viviendas de Uso Turístico en cada barrio de los 108 totales que se contabilizan en los 11 distritos municipales de Sevilla. El parámetro elegido para determinar el número de viviendas máximas permitidas por zonas es que las Viviendas de Uso Turístico registradas no superen el 10 por ciento del total de Viviendas Familiares Disponibles. Este umbral marcaría la presión turística máxima admisible.
En base a ello y en aplicación de este criterio de presión turística residencial, se han diferenciado tres zonas:
- La Zona 1, donde se apuesta por un decrecimiento de las VUT puesto que la tasa de inscripción de estos inmuebles es superior al 10 por ciento del total de viviendas familiares. En esta zona se englobarían once barrios del distrito Casco Antiguo (Santa Cruz, Arenal, Alfalfa, San Bartolomé, Feria, Encarnación-Regina, Santa Catalina, San Lorenzo, San Gil y, San Vicente) y el barrio de Triana Casco Antiguo.
-La Zona 2, en la que se propone un crecimiento de las VUT controlado o acotado, dado que la tasa de inscripción de estos inmuebles es superior al 5 por ciento e inferior al 10 por ciento del total de viviendas familiares disponibles. A este sector corresponderían los barrios de San Julián y El Museo –del Casco Antiguo- y el barrio de San Bernardo –en el distrito Nervión-.
-La Zona 3, donde se admitiría un crecimiento de dichas VUT, dado que la tasa de inscripción de estos inmuebles es inferior al 5 por ciento del total de viviendas familiares disponibles. Se encontrarían en este apartado los restantes 94 barrios de la ciudad pertenecientes al resto de distritos municipales con menor presencia turística.
Por lo tanto, sólo en aquellos barrios donde no se haya agotado el número máximo de viviendas de uso turístico establecidas de acuerdo a este parámetro, podrán otorgarse nuevas autorizaciones de Viviendas de Uso Turístico hasta alcanzar el máximo de VUT previsto. Por el contrario, en aquellos barrios donde se haya llegado al límite de VUT máximo considerado, o éste haya sido sobrepasado, no podrá otorgarse ninguna autorización nueva para esta modalidad de alojamiento turístico.
Por distritos, el número de Viviendas de Uso Turístico máximo permitido es el siguiente:
- 3.323 en el Casco Antiguo
- 3.362 en Macarena
- 2.558 en Nervión
- 3.845 en Cerro-Amate
- 3.370 en el Sur
- 2.469 en Triana
- 3.125 en el Norte
- 2.876 en San Pablo-Santa Justa
- 4.256 en el Este
- 1.822 en Bellavista-La Palmera
- 1.182 en Los Remedios
El Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente convocado para mañana 13 de marzo, tiene previsto aprobar la remisión de esta propuesta de limitación de viviendas de uso turístico en la ciudad de Sevilla, por barrios, al siguiente Pleno del Ayuntamiento de Sevilla para que se apruebe de forma inicial. Tras esta aprobación inicial se abrirá un periodo de exposición pública por un plazo de veinte días.
En relación a la aprobación de esta propuesta de delimitación el delegado de Urbanismo, Juan de la Rosa, ha destacado que Sevilla es la primera ciudad de Andalucía que ha hecho este informe técnico que determina el número máximo de viviendas de uso turístico que puede haber en cada barrio de la ciudad, así como también fue la primera en realizar previamente una consulta ciudadana previa a la regulación de las Viviendas de Uso Turístico, en la que se recibieron 663 aportaciones). “Ahora, seremos además la primera en aplicar del decreto”, ha recalcado.
Este documento se revisará anualmente y una vez aprobado definitivamente será de aplicación inmediata.
Otras medidas de control
Al margen de la aplicación de esta propuesta de delimitación, el Ayuntamiento de Sevilla a través de la Gerencia de Urbanismo, ha dispuesto la adopción de otra serie de medidas de control de este fenómeno como la remisión de expedientes disciplinarios abiertos contra Viviendas de Uso Turístico a la Junta de Andalucía para la cancelación de sus inscripciones en el Registro autonómico, o el reforzamiento de las inspecciones por parte del Servicio de Protección Ambiental, entre otras.