* El Ayuntamiento da este paso normativo para tratar de regular esta actividad, carente de regulación hasta el momento, a pesar de que en los últimos tres años se ha triplicado la oferta
Grupo de turistas con sus equipajes en una calle de la ciudad
La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente propondrá al próximo Pleno del Ayuntamiento de Sevilla la aprobación inicial de la modificación puntual del PGOU redactada para cambiar la calificación de las Viviendas con Fines Turísticos, de modo que su funcionamiento –amparado hasta el momento por la consideración de un uso general residencial- se equipare al de cualquier otro tipo de alojamiento turístico, asignándole por tanto un uso de carácter terciario. De esta forma, se asimila la actividad de este tipo de viviendas a la de hoteles, hostales, pensiones y apartamentos turísticos, con idénticas condiciones y requisitos para su implantación en la ciudad.
La necesidad de regular la actividad de las viviendas turísticas se acordó por el pleno del Ayuntamiento de Sevilla en abril de 2018, ante la constatación de que este fenómeno carece de una calificación específica y de la asignación de un uso urbanístico claro, a pesar del crecimiento exponencial que ha experimentado en los últimos años como consecuencia del auge del sector del turismo en nuestra ciudad. Según los datos manejados, desde 2017 se ha producido un aumento de más de 2.000 nuevas viviendas dedicadas en Sevilla a este servicio de alojamiento turístico (de 21.818 en 2017 a 23.995 en 2020), lo que supone que en este tiempo casi se ha triplicado la oferta en el número de camas, que se ha incrementado de 10.801 en 2017 a 29.436 en 2020).
En qué consiste la modificación
Según el texto elaborado por Urbanismo que se somete a aprobación, la utilización de una vivienda con fines turísticos estará sujeta a las condiciones para uso terciario establecidas en el PGOU, que reconoce en el artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas, como aquél que tiene por finalidad la prestación de servicios entre los que se incluye el alojamiento temporal de las personas. Así pues, como en el caso de otros tipos de alojamiento turístico, la utilización de una vivienda con fin turístico supondrá la implantación de un servicio terciario de hospedaje, salvo en el caso de alquiler de habitaciones en número no superior a 3, en el que se considera uso residencial.
Como consecuencia de esta precisión, es necesario modificar los artículos de las Normas Urbanísticas del PGOU 6.3.1. “Definición y usos pormenorizados del uso residencial”, 6.5.1. ““Definición y usos pormenorizados del uso terciario” y,6.5.19“Categorías” (dedicado a las condiciones particulares del uso hotelero). Dichas modificaciones se dirigen en el sentido de sustituir el término “hotelero” por el de “hospedaje”, por ser éste un concepto más amplio que incluye todas las modalidades de alojamiento turístico reconocidas enla Ley. Asimismo, se define el uso de “hospedaje” que se equipara al “servicio de alojamiento turístico” definido en la Norma autonómica. Por último, se modifican también aquellos otros artículos en los que se hace referencia al uso hotelero, a fin de sustituirlo por el de hospedaje.
Reuniones con los afectados
Antes de iniciar la tramitación de esta modificación del PGOU, el delegado de Hábitat Urbano, Antonio Muñoz y el gerente de Urbanismo, Rafael Márquez, han mantenido varios encuentros con representantes de los sectores directamente afectados por esta cuestión, en concreto, la Asociación de Hoteles de Sevilla, las entidades vecinales más representativas del Casco Antiguo y Triana y, la Asociación de Viviendas Turísticas y Vacacionales de Andalucía (Apartsur). El objetivo de estas reuniones ha sido explicar el contenido de esta modificación urbanística y sus consecuencias, así como conocer las inquietudes de los colectivos directamente interesados al respecto, para tratar de alcanzar el máximo consenso posible en torno a esta materia.
Sin efecto retroactivo
Una vez entre en vigor esta regulación no tendrá efectos retroactivos, de modo que las nuevas condiciones que se aprueben no afectarán a la oferta actual de viviendas que ya funcionan como alojamientos turísticos.
Tras la aprobación inicial de esta propuesta de modificación del PGOU por el Pleno municipal, se abrirá un proceso de exposición pública durante el cual se podrán presentar alegaciones al texto.