* El Ayuntamiento, a través de la Gerencia de Urbanismo, aprueba esta medida para apoyar al sector, tal y como hace un mes se acordó que los negocios de ocio nocturno puedan abrir como cafeterías e instalar veladores
Una sala de concierto de la ciudad de Sevilla en funcionamiento antes de la pandemia
La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, a través de su Comisión Ejecutiva, ha aprobado hoy un procedimiento exprés para que las salas de concierto de la ciudad, cuyas licencias se asimilan a los establecimientos de esparcimiento y de ocio nocturno clausurados por orden autonómica, puedan ejercer su actividad de forma provisional como auditorios o teatros con todas las medidas de seguridad y prevención de contagios de la COVID-19. Esta iniciativa, diseñada como apoyo al sector y a la actividad cultural, se suma a la decisión adoptada hace un mes para que los negocios de ocio nocturno pudieran abrir como cafeterías e instalar veladores.
La medida, que se ha evaluado previamente con los principales establecimientos afectados y que cuenta con todos los informes jurídicos favorables, ofrece a los negocios que desarrollan su actividad como salas de conciertos, pero que por licencia forman parte de los establecimientos de esparcimiento cerrados por orden de la Consejería de Salud y Familias, la posibilidad de que desarrollen su actividad de forma provisional como auditorios o teatros.
Este cambio de funcionamiento conlleva obligatoriamente que todas las localidades sean sentadas, que no tengan integrada la barra en la misma sala, que tengan una clara separación de espacios, que cumplan con las limitaciones de aforo y, que se ajusten las restricciones de horarios que determine la Junta de Andalucía.
Para acogerse a esta disposición, el procedimiento establecido es es el mismo que el habilitado para los establecimientos de ocio nocturno que cambien de forma provisional su funcionamiento para abrir como cafeterías. Así pues, se tramitará una declaración responsable y si se garantiza el cumplimiento de los requisitos, se podrá ejercer provisionalmente la nueva actividad, con independencia de que cuando se produzca un cambio en la situación sanitaria puedan volver a ejercer como salas de conciertos como hasta ahora.