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El Ayuntamiento Pleno aprueba la propuesta de Urbanismo con un primer grupo de solares que podrían acoger vivienda pública en respuesta al Decreto-ley 1/2025 para incentivar la promoción de VPO en Andalucía

* Siete parcelas privadas y otras siete de titularidad municipal con uso global residencial encajan en los supuestos establecidos en el Decreto autonómico * La relación de suelos que se ofrecen a este destino resulta de una consulta pública promovida entre privados interesados y, de un análisis propio de suelos actualmente vacantes en la ciudad * La presentación de propuestas de terrenos privados con intención de adherirse a esta iniciativa, se mantendrá hasta el 19 de enero de 2026
Parcela en la calle Santa María del Robledo propuesta para el desarrollo de vivienda protegida en régimen de alquiler

Parcela en la calle Santa María del Robledo propuesta para el desarrollo de vivienda protegida en régimen de alquiler

17/07/2025

Para incentivar la promoción de vivienda pública en Andalucía, la Junta de Andalucía aprobó el pasado 24 de febrero un Decreto ley (Decreto -ley 1/2025, de medidas urgentes en materia de vivienda) con el objetivo de incrementar la oferta de suelo urbanizado en la comunidad para destinarlo a vivienda protegida.

Las medidas en concreto dispuestas por la Junta para su aplicación por los municipios a fin de alcanzar el objetivo propuesto, pasan por viabilizar cambios de uso, densidad y edificabilidad tanto en parcelas urbanizadas y listas para ser edificadas, como en edificios ya existentes.

En paralelo, para impulsar la adopción de esas medidas y su desarrollo sin dilación, el Decreto de la Junta establecía un plazo máximo de un año desde su entrada en vigor -4 de marzo de 2025- para que los municipios, a través del órgano municipal competente, adoptaran un acuerdo concreto relativo a las acciones a llevar a cabo en este sentido.

Este interés por promover la vivienda pública va en línea con la importante apuesta por la vivienda que ha hecho el Ayuntamiento de Sevilla, a través de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente y, de la Empresa Municipal de la Vivienda (EMVISESA).

Como tal, tras la aprobación del Decreto ley, el Ayuntamiento de Sevilla puso en marcha con fecha 30 de abril, una consulta pública a través del portal web de la Gerencia de Urbanismo para recabar la opinión de propietarios de suelo y potenciales interesados en la aplicación en sus inmuebles de las medidas contempladas en el Decreto, junto con un análisis de los suelos vacantes en zonas de uso global residencial en los que pudiera ser igualmente de aplicación el Decreto-ley. Se trataba de detectar por tanto, qué zonas o ámbitos de suelo urbano con uso global residencial de la ciudad podrían encajar en los supuestos establecidos en el Decreto ley de la Junta.

A resultas de la consulta pública, abierta hasta el pasado 2 de junio, se han recibido un total de cinco propuestas de aplicación del Decreto – ley sobre siete parcelas de titularidad privada. Cinco de ellas son relativas a suelos de uso Terciario en los que podría autorizarse como uso alternativo el uso Residencial de vivienda protegida. Se trata en concreto, de dos parcelas en Palmas Altas Sur (T1.2 y T2 del SUS-DBP-02), otras dos en la calle Hélice, y una parcela en los suelos de la antigua fábrica de la Cruz del Campo (ST-1 del ARI-DSP-03). Una sexta parcela se localiza igualmente en los suelos de la Cruz del Campo (ARI-DSP-03), si bien ésta cuenta ya con el uso pormenorizado de Residencial Protegido. La séptima y última parcela se encuentra en la calle Santa María del Robledo y tiene como uso pormenorizado el de Servicios de Interés Público y Social de carácter privado. La presentación de propuestas en esta línea, se va a mantener hasta el 19 de enero de 2026 puesto que el Ayuntamiento dispone de plazo hasta el 4 de marzo para aprobar el acuerdo con las acciones a adoptar.

Estudio de suelos vacantes en la ciudad

Además del estudio de las propuestas recibidas, desde la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente también se ha procedido a realizar un análisis de los suelos vacantes en zonas de uso global residencial en los que pudiera ser de aplicación el Decreto – ley, tanto en la ciudad consolidada como en sectores en los que actualmente se están simultaneando las obras de urbanización y edificación, incluso en un nivel de ejecución avanzado, como pueden ser los suelos pertenecientes a la antigua factoría de Cruzcampo (sector ARI-DSP-03), los del gran desarrollo residencial que promueve Metrovacesa en Palmas Altas Sur (sector SUS-DBP-02) y la antigua fábrica algodonera “Virgen de los Reyes” del Parque Alcosa (sector ARI-DE-01). En estos sectores hay siete parcelas de titularidad municipal calificadas de residencial protegida, disponibles, y por tanto susceptibles de incluirse en la bolsa de suelos en los que podría aplicarse el Decreto – ley.

Existen otros ámbitos en los que están planeados próximos desarrollos residenciales, pero en plazos no inmediatos, por lo que no pueden acogerse a las medidas urgentes en materia de vivienda establecidas en el Decreto – ley de la Junta. Es el caso por ejemplo de los suelos de la Las Razas que acogerán el futuro Distrito Urbano Portuario, Villanueva del Pítamo, Higuerón Norte, Buenaire, Santa Bárbara, o el Cortijo del Cuarto.

Conclusiones

Valoradas tanto las propuestas sobre parcelas privadas recibidas, como la situación de ámbitos concretos de desarrollo urbanístico, desde Urbanismo se considera oportuno, proponiendo su aprobación al Ayuntamiento en pleno:

  • Que se autorice como uso alternativo el residencial de vivienda protegida en las cinco propuestas recibidas sobre suelo calificado de Servicios Terciarios. Se trataría en concreto de las parcelas ST-1 del ARI-DSP-03 “La Cruz del Campo”, las parcelas T1.2 y T2 del SUS-DBP-02 “Palmas Altas Sur” y las dos parcelas de la calle Hélice.
  • Que en las parcelas calificadas de dotacional privado, tanto de titularidad municipal como de titularidad privada, se pueda autorizar como uso alternativo el uso residencial de vivienda protegida con destino permanente al alquiler, dado que todas se encuentran en suelo urbano con uso global residencial.  Una de las propuestas recibidas a la consulta pública realizada ha sido precisamente sobre una parcela dotacional privado como ya se ha expuesto, la ubicada en calle Santa María del Robledo.
  • Que en las parcelas y edificios existentes calificados con el uso residencial vivienda libre, se pueda permitir tanto el incremento de la densidad de vivienda en un 20%, siempre que el edificio resultante se destine en su totalidad a viviendas sujetas a algún régimen de protección, como el aumento de edificabilidad en el porcentaje necesario para materializar el mayor número de viviendas, siempre que no se supere el aprovechamiento urbanístico de la parcela.
  • Igualmente, también para las parcelas calificadas con el uso residencial vivienda protegida se considera oportuno que se autorice el incremento de la densidad de vivienda en un 20% y la edificabilidad en un 10%.
  • Finalmente, puesto que el Ayuntamiento dispone de un plazo máximo hasta el 4 de marzo de 2026 para adoptar el acuerdo para la aplicación de estas medidas extraordinarias, se decide admitir la presentación de propuestas de suelos privados con intención de adherirse a esta causa hasta el 19 de enero de 2026.

Esta propuesta ha resultado aprobada hoy por el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla.

Se abren por tanto nuevas expectativas de construcción de vivienda protegida en Sevilla en suelos que, o bien ya cuentan con este uso, o son susceptibles de implantarlo como uso alternativo, ampliando así la previsión del propio Ayuntamiento de poner a disposición de los ciudadanos más de 4.600 viviendas públicas, desarrolladas en 45 actuaciones repartidas por toda la ciudad, en un horizonte temporal de cuatro años.

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