El Ayuntamiento tramitará una modificación del PGOU con el fin de anular la ventaja en forma de mayor edificabilidad que concede a proyectos de equipamientos y servicios públicos que se construyan en parcelas residenciales de baja densidad
* El Pleno municipal aprueba por unanimidad la medida, que se acompaña de la suspensión cautelar durante un año de las licencias para estas construcciones que pretendan acogerse a esa condición ventajosa, en proceso de eliminación
17/06/2021
El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado iniciar los trabajos para realizar una modificación puntual del PGOU al objeto de eliminar las condiciones ventajosas de edificabilidad que éste permite al desarrollo de edificaciones que se destinen a uso de equipamientos y servicios públicos en suelos ubicados en áreas de baja densidad edificatoria de la ciudad que no tienen esa calificación pero que admiten dichos usos como compatibles por las condiciones particulares de zona, cual es el caso de zonas como la Avenida de la Palmera.
La medida se adopta con la finalidad de poner freno a la proliferación de equipamientos privados en condiciones ventajosas a las particulares de cada zona de ordenanza, de tal forma que se impondrán éstas de manera generalizada para cualquier construcción, favoreciendo de esta manera el mantenimiento del ambiente e imagen urbana propios de cada barrio.
La modificación del PGOU que se plantea busca por tanto eliminar este incentivo de edificabilidad para el desarrollo de equipamientos privados como uso compatible, de forma que los promotores que quieran a partir de ahora desarrollar en estas parcelas el uso compatible de equipamiento privado para residencia de estudiantes, o para clínica privada por ejemplo, deberán ajustarse a las mismas condiciones de edificabilidad, posición y forma que sí desarrollarán los usos residenciales o terciarios, respetando por tanto en su caso las condiciones de baja densidad edificatoria para estos ambientes urbanos singulares, como el entorno de la Avenida de la Palmera o la zona residencial en vivienda unifamiliar aislada de Nervión.
El Pleno municipal ha aprobado también suspender cautelarmente por el plazo de un año en todo el término municipal, toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para la implantación de equipamientos y servicios públicos en parcelas que permitan este uso como compatible que pretendan utilizar el precepto del PGOU en proceso de anulación, esto es, aquéllas que quieran acogerse a estos beneficios. “Esta suspensión no quiere decir que se paralicen todas las licencias para residencia o clínicas, sino sólo aquellos proyectos que se quieran acoger a los incentivos de edificabilidad que se pretenden dejar sin efecto”, ha dejado claro el delegado de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo, Antonio Muñoz. El máximo responsable político de la Gerencia de Urbanismo ha explicado también que este este precepto se introdujo en el PGOU del año 2006 con la intención de incentivar en ese momento la construcción de equipamientos y servicios públicos en estas áreas frente a proyectos residenciales, pero que después de 15 años el desarrollo de estos equipamientos se considera cubierto, de modo que ha llegado el momento de revisar esta circunstancia ventajista en particular.
Una vez acordado iniciar los trabajos para proceder a esta modificación del PGOU, se abrirá ahora un periodo de consultas previas, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Posteriormente, se redactará el documento de modificación puntual que será presentado al Pleno el Ayuntamiento para su aprobación inicial.