Aprobado el procedimiento de ampliación provisional de la superficie de las terrazas de veladores de acuerdo con las condiciones sanitarias exigidas por los efectos del COVID- 19
* La tramitación se realizará de forma telemática y para poder solicitarla los interesados habrán de cumplir unas condiciones técnicas y administrativas
14/05/2020
La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado hoy, a través de su Consejo de Gobierno, el nuevo procedimiento puesto en macha para que los hosteleros de la ciudad con licencia de veladores en vigor anterior al decreto del estado de alarma, puedan solicitar una ampliación provisional del espacio de sus terrazas para poder instalar el 50 por ciento de las mesas que tenía autorizadas, en las condiciones estipuladas de seguridad sanitaria.
Se trata de una medida de apoyo al sector hostelero, que complementa a la aprobada el pasado 9 de mayo, según la cual, de acuerdo con la orden ministerial SND/399/2020, los hosteleros con licencia de veladores vigente pueden instalar a partir del 11 de mayo –coincidiendo con la entrada de Sevilla en la fase 1 de la desescalada- hasta el 50 por ciento de las mesas dentro del espacio público para ello que tenían asignado.
De esta forma, la opción de solicitar una ampliación de dicha superficie de terraza se habilita para posibilitar la instalación de ese 50 por ciento de mesas permitidas o ampliar ese porcentaje en caso de ser posible siempre con el límite máximo de los veladores que tuviera concedidos con carácter previo a la crisis sanitaria, debiendo garantizarse la distancia de dos metros.
Para que la tramitación de dichas solicitudes pueda realizarse de la forma más ágil e inmediata posible, la Gerencia de Urbanismo ha diseñado un procedimiento de tramitación telemática y un modelo de solicitud, que ha sido presentado previamente a la Asociación de Hosteleros y que ha resultado aprobado esta mañana por el Consejo de Gobierno de este organismo. Para poder cursar la petición de ampliación, el interesado habrá de cumplir unas condiciones técnicas y administrativas; De esta forma, no todos los establecimientos podrán beneficiarse de esa posible ampliación provisional de la terraza, ya que dependerá de una serie de condiciones básicas, que se ajustan a los criterios fijados en la actual ordenanza reguladora de las terrazas de veladores.
En ningún caso, cuando se autorice esa ampliación la terraza resultante podrá superar el número de veladores autorizado previamente por la licencia vigente en número de mesas y sillas.
Estos criterios básicos, que se ajustan a los previstos en la actual ordenanza de terrazas de veladores, son:
a. Se podrán alcanzar acuerdos con fachadas colindantes para ocupar parte de su espacio con veladores siempre y cuando no se obstaculicen los accesos y salidas de portales, locales, garajes, salidas de emergencia, etcétera, ni se invada la senda peatonal. Tendrá que haber una autorización expresa.
b. Se tendrán que mantener los itinerarios peatonales accesibles existentes.
c. Cuando la terraza linde con el carril bici la separación será de20 centímetros.
d. Se debe respetar la separación de1,5 metrosa otros establecimientos o servicios públicos (quioscos, paradas de autobús, paradas de taxis, salidas de emergencia…).
e. En las plazas, bulevares y similares podrá ampliarse la terraza siempre que se garantice el uso público de la plaza frente a la utilización privativa por el hostelero.
f. En cumplimiento de lo dispuesto por el Ministerio de Sanidad, se aplicará un criterio de proporcionalidad. La superficie de la terraza autorizada deberá aumentar en proporción al número de veladores por encima del 50 % que se autoricen sin afectar a itinerarios peatonales que en todo caso deberán aumentar en proporción al crecimiento de la terraza.
En cuanto a los horarios de funcionamiento de las terrazas de veladores, se mantendrán los vigentes con anterioridad al estado de alarma.
El objetivo de la Gerencia de Urbanismo es tramitar las solicitudes de ampliación de terrazas que se reciban en el menor tiempo posible y garantizar una respuesta adecuada al sector. La propuesta del hostelero se validará técnicamente y será sometida a inspección posterior.
Ninguna de las medidas excepcionales que se aborden, como la ampliación de la superficie autorizada de la terraza, tiene vocación de permanencia y sólo estarán operativas durante el periodo de crisis sanitaria.
Para acceder a toda la información al respecto del procedimiento para dicha tramitación pinche aquí .