D.R. Sin intervención de técnico, para Obras Menores (Modelo 2)
Medio de intervención al que se someten aquellas actuaciones de reducido impacto urbanístico y escasa entidad técnica para las cuales sea suficiente un control posterior para determinar su adecuación a la normativa aplicable. No requieren de la intervención de un técnico. Para mas información consulte la guía de tramitación https://www.urbanismosevilla.org/areas/atencion-al-ciudadano/guia-de-tramitacion/obra-menor/obra-menor.
Procedimiento
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Legislación
Plazo legal resolución
Atención a la Ciudadanía
Es necesario saber si el edificio está afectado por el entorno de un BIC (Bien de Interés Cultural), o cuenta con algún nivel de protección. Si es así, la D.R. ha de ser cumplimentada por un técnico de la Oficina de Atención a la Ciudadanía.
Plan General de Ordenación Urbana (P.G.O.U.)
Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades (O.R.O.A)
No existe resolución. Surte efectos con la presentación en el Registro, con independencia de su posible control posterior.
Atención a la Ciudadanía
Es necesario saber si el edificio se encuentra afectado por el entorno de un BIC (Bien de Interés Cultural), o cuenta con algún nivel de protección. Si no es así, la D.R. (Modelo 2), junto con la documentación requerida, puede presentarse directamente en el Registro General.
Plan General de Ordenación Urbana (P.G.O.U.)
Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades (O.R.O.A.)
No existe resolución. Surte efectos con la presentación en el Registro, con independencia de su posible control posterior.